top of page
Buscar

Como y cuando realizar la retención del UNO POR CIENTO (1%) del Impuesto Sobre la Renta

Actualizado: 12 feb



1.     Definición[1]


La retención del UNO POR CIENTO (1%) del Impuesto Sobre la Renta: Es un anticipo del Impuesto Sobre la Renta en las compras de bienes y servicios, equivalente a una retención del uno por ciento (1%) que realizan las personas jurídicas y comerciantes individuales con ventas mayores a Quince millones de Lempiras (L.15,000,000.00).


2.     Base Legal:





3.     Base Imponible[2]


La base imponible será el precio de compra de los bienes. Menos las devoluciones, descuentos y rebajas. A estos efectos el agente de retención podrá acumular los montos de las compras de mes, realizadas a un mismo proveedor a fin de realizar la retención respectiva.


En el caso de los bienes entregados en consignación, la retención se efectuará hasta que se materialice la compra, ya sea por le valor total o parte de los bienes objeto de la consignación.


4.     Sujetos Responsables De Retener[3]


Las personas jurídicas y comerciantes individuales con ventas mayores a Quince millones de Lempiras (L.15,000,000.00).


La condición de las ventas (L.15,000,000.00), es para el agente retenedor, no para el proveedor. No importa si el agente de retención es pequeño, mediano o grande contribuyente[4]

 

5.     Sujetos A Quienes Se Les Debe Realizar La Retención[5]


Las personas naturales o jurídicas, proveedores de BIENES O PRESTADORES DE SERVICIOS, que no estén sujetos al sistema de pagos a cuenta.


6.     No se aplicará la retención del 1% (Exenciones)[6]


a)    Quedan exentos de la retención del uno por ciento (1%) los proveedores que estén sujetos la Sistema de Pago a Cuenta.

b)    Suministro continuo de agua por el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA);

c)     Al suministro de energía eléctrica por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE);

d)    Combustibles;

e)    Servicios financieros y aseguradoras;

f)      Productos artesanales, frutas y verduras frescas de temporada compradas directamente al productor y otros bienes o servicios que determine la Dirección Ejecutiva de Ingresos (ahora la SAR), en el futuro.

g)    Servicio de recolección de basura para cualquier fin o para ser usada para el reciclaje[7]


7.     Cuando deben pagarse[8]

 

Dentro de los diez días al mes siguiente de haberse retenido en las agencias bancarias autorizadas para tal efecto.

 

Los retenedores emitirán una constancia de retención a requerimiento del proveedor retenido. La misma servirá de comprobante para aplicar el crédito en la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta.

 

8.     Devolución de anticipos.

 

En el caso de empresas que hayan experimentado pérdidas de operación y se les haya retenido el porcentaje del uno por ciento (1%) del Impuesto Sobre la Renta, tendrán derecho a la devolución o crédito, previa solicitud de parte interesada y de la fiscalización correspondiente por parte de la DEI. (ahora la SAR)[9]


---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Si deseas que te apoyemos puedes comunicarse con nosotros, al WhatsApp 9525-0000. o dale clic al siguiente botón para recibir una oferta, la cual no representa ningún compromiso.



También puede ver nuestros servicios en www.rguzmanyasociados/servicios

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


[1] Articulo 16 Primer parrafo del Reglamento a la Ley De Fortalecimiento De Los Ingresos, Equidad Social Y Racionalización Del Gasto Público.

[2] Articulo 16 Segundo uy tercer parrafo del Reglamento a la Ley De Fortalecimiento De Los Ingresos, Equidad Social Y Racionalización Del Gasto Público.

[3] Inciso I, Articulo 2 del Acuerdo DEI-217-2010

[4] AHIBA-ACTUALIZACION-TRIBUTARIA-2022, pag. 24

[5] Inciso II, Articulo 2 del Acuerdo DEI-217-2010

[6] Inciso IV, Articulo 2 del Acuerdo DEI-217-2010

[7] Decreto 28-2019 Reformas a la Ley De Fortalecimiento De Los Ingresos, Equidad Social y Racionalización Del Gasto Público

[8] Articulo 18 segundo parrafo del Reglamento a la Ley De Fortalecimiento De Los Ingresos, Equidad Social Y Racionalización Del Gasto Público.

[9] Articulo 19 segundo parrafo del Reglamento a la Ley De Fortalecimiento De Los Ingresos, Equidad Social Y Racionalización Del Gasto Público.



491 visualizaciones2 comentarios

2 Σχόλια


Muchas gracias por subir estos artículos, han sido de mucha ayuda para la comprensión del tema. Gracias nuevamente por compartir su trabajo y conocimiento.

Μου αρέσει
Romel Guzman
Romel Guzman
21 Ιουν
Απάντηση σε

A la orden

Μου αρέσει
bottom of page