El Recibo por Honorarios Profesionales.
Es el Comprobante Fiscal que respalda los ingresos por honorarios de personas naturales, por la prestación de servicios en el ejercicio de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.
¡Ahora bien! Veamos que son los Honorarios Profesionales:
Es la remuneración o estipendio que se concede por la realización de trabajos o servicios, a personas naturales dedicadas al ejercicio liberal de una profesión cuando no hay una relación de dependencia económica entre las partes y donde el que desempeña el trabajo o servicio, fija libremente su retribución.
Por ejemplo: Los profesionales independientes; en todas las áreas como ser: Ingenieros, agrónomos, contadores, arquitectos, abogados, periodistas, asesores, médicos, técnicos, etc.
Los Requisitos del formato; son casi los mismos que la factura; el identificador del emisor, denominacion del documento, (Recibo por Honorarios). Clave de Autorizacion de Impresión (CAI), fecha limite de emision (vigente), Número correlativo, destino de los ejemplates, etc.
Otros aspectos de control Interno.
De igual forma que la factura; el recibo debe estar libre de alteraciones, manchones y borrones; No debe estar vencido la fecha límite de emisión. Con la diferencia que debe realizarse retención del 12.5% de impuestos sobre la Renta cuando aplique. (no esté sujeto a pagos a cuenta o exceda del limite exento).
Para efectos de cálculo, la retención debe ser equivalente aritméticamente al 12.5% sobre el total de honorarios que se paga; sin partirlo o disminuirlo de alguna forma ni considerando porcentajes de utilidad del beneficiario.
Menciono esto porque en algunos casos he observado; que la retención se efectúa sobre un porcentaje de utilidad del beneficiario; para disminuir la retención que se realiza, lo cual es incorrecto; por cuanto al emitir recibo por honorarios se entiende que todo el monto corresponde a este concepto.
Asimismo, para efectos de realizar la declaración determinativa del impuesto los cálculos deben corresponder tanto aritméticamente como con los datos consignados en el comprobante fiscal.
Si desea conocer más sobre la retención del 12.5% puede ver el siguiente blog: Aspectos que considerar al momento de determinar la retención del 12.5% de Impuestos Sobre la Renta
Para saber más, vea: Los comprobantes fiscales para soportar los egresos en las Municipalidades, La Boleta de Compra.
También puede ver nuestros servicios en www.rguzmanyasociados/servicios
Hola, un muchacho se dedica a la venta de material de construcción, tiene el documento fiscal : factura, pero también presta el servicio de transporte, movilizar personas, puede cobrar ese servicio utilizando factura _Clave de Autorización de Impresión *(CAI)*_ con el 15%??