1. Definición y explicación.
Es la determinación de la diferencia entre los ingresos presentados por el contribuyente en la Declaración Jurada de ingresos del año anterior con respecto al año actual.
Hay que recordar que el impuesto de industria, comercio y servicios se paga con base a una declaración, que presenta el contribuyente en el mes de enero de cada año. Esta declaración contiene los ingresos percibidos por este en el año anterior ya que la ley de municipalidades establece que este impuesto se paga por anticipado.
Por ejemplo, la declaración de ingresos que se presenta en enero del año 2022 contiene los ingresos reales del año 2021, con lo cual se calcula el impuesto correspondiente al año 2022. En este caso, cuando el contribuyente presenta su declaración en enero del año 2023, con los datos reales del 2022. La Municipalidad puede realizar el ajuste anual al impuesto pagado del año 2022, con base a los ingresos reales.
Claro, que este ajuste puede ser positivo o negativo dependiendo de los valores declarados por el contribuyente, en este caso, si es positivo, se hará el ajuste al impuesto automáticamente, si es negativo, la municipalidad puede corroborar y revisar minuciosamente a través de una auditoria fiscal, que los datos sean correctos, para otorgar el beneficio al contribuyente.
2. Base Legal.
Artículo 78, 79 y 122-A de la Ley de Municipalidades, 112 y 117 del Reglamento General de la Ley de Municipalidades.
En resumen en estos artículos, se establece que: “Los contribuyentes, están obligados a presentar en el mes de enero de cada año, una declaración jurada de la actividad económica del año anterior. La cual sirve de base para determinar el impuesto mensual a pagar en el transcurso del año en que se presenta la Declaración.
Para mayor conocimiento vea El Impuesto de Industria, Comercio y Servicios que se paga en las Municipalidades de Honduras.
3. Ejemplo:
3.1. Un contribuyente declara el Impuesto de Industria, Comercio y Servicios el 30 de enero de 2022; con base a unos ingresos de L. 10, 000,000.00, pagando la cantidad de L. 47, 400.00.
3.2. El Mismo Contribuyente declara ingresos el 30 de enero de 2023; por la cantidad de 15,000.000.00. por lo cual se le determina que su impuesto es L. 65, 400.00.
3.3. En este caso, el contribuyente debe pagar para el año 2023, L. 65,400.00 del impuesto de Industria, Comercio y Servicios, más el ajuste interanual con respecto a lo que declaro en el 2022. De la forma siguiente:
Monto pagado en el año 2022. L. 47,400.00
Monto que debió pagar con base a los ingresos reales. L. 65,400.00
Ajuste Interanual a pagar L. 18,000.00
Así sucesivamente para cada año declarado.
4. Procedimiento definido.
Como dato adicional siempre es importante establecer en el plan de arbitrios del municipio la forma y aplicación del ajuste interanual para efectos de dejar claro el procedimiento que se sigue.
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