Antes de continuar asegúrate de haber leído la segunda parte de este post, el cual es de suma importancia.
10. Otras acciones y conocimientos básicos que debe conocer.
10.1. Como corregir algún aspecto del acta relacionada con lo hablado o dicho en la sesión.
Hay que recordar que dentro de la agenda que se aprueba se consigna el punto de: “Lectura, discusión y aprobación del acta anterior” donde la Secretaria Municipal lee el acta en vos alta, una vez leído, el alcalde la somete a discusión. Es en este punto donde los miembros de la Corporación pueden solicitar corregir o enmendar lo dicho en el acta, solicitando que la secretaria lo escriba previo a su aprobación. En este caso debe consignar: “Se aprueba con las siguientes enmiendas…” en el acta actual.
10.2. Corregir errores en el cuerpo del acta por enmiendas, entrelineados, tachaduras y borrones.
Se debe procurar siempre que las actas de la Corporación Municipal no presenten ningún tipo de cambio o agregado que haga dudar de la legitimidad de su contenido, no obstante, en los casos en que no pueda evitarse, es permitido hacer cierto tipo de correcciones a las actas, pero estas deben de hacerse siempre antes de su firma por los miembros de la Corporación Municipal. Estos cambios pueden consistir en enmiendas, entrelineados, tachaduras y/o borrones y su inclusión se legaliza mediante una salvedad que se anota antes de las firmas[1]
10.3. Emitir acuerdos de ejecución inmediata.
De conformidad a lo indicado en el artículo 36 de la Ley de Municipalidades: “Las resoluciones de la Corporación quedarán firmes en la misma o en la siguiente sesión y entrarán en vigencia una vez aprobadas, salvo que sean de alcance general, en cuyo caso deberán previamente publicarse”.
En este caso, cuando la corporación indique que un acuerdo o resolución es de efecto inmediato, por alguna circunstancia urgente, la Secretaria Municipal debe consignar al final del acuerdo la siguiente frase: “Este acuerdo es de ejecución inmediata” de lo contrario deberá esperar la siguiente sesión para ser ratificado.
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[1] Pagina 5 del Manual Básico para Secretarias Municipales.
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