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El manejo de cheques en las Municipalidades



1. El Cheques.


El cheque es un título valor por medio del cual se da a una institución de crédito la orden incondicional de pagar a la vista una determinada cantidad de dinero a cuenta de una provisión previa de fondos establecida en la forma pactada[1]


1.1. Prescripción de la acción cambiaria.


Prescribe a los 6 meses. En este caso, aplicamos el artículo 613 y 1705 del Código de Comercio que dice que a los 6 meses prescriben las acciones derivadas del cheque[2]


1.2. Prohibición de emitir cheques en blanco


Según lo dispone el numeral 9 del articulo 78 del Reglamento a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas “Incurren en responsabilidad administrativa, los servidores públicos o particulares que realicen las infracciones siguientes: 1.2.3…9. Pagar compromisos en efectivo o poner la firma en cheques en blanco”

1.3. Uso de Firmas mancomunadas.

De conformidad a lo que dispone el artículo 91 (último párrafo) de la Ley de Municipalidades “La transferencia debe ingresar a la Tesorería Municipal y manejarse en cuenta bancaria a nombre de la Municipalidad respectiva, pudiendo disponerse de los recursos de la misma únicamente con la firma mancomunada y solidaria del Alcalde y Tesorero Municipal.


1.4. Manejo de cheques nulos.


Para anular un cheque, simplemente escribe "ANULADO" en letras grandes a lo largo de todo el cheque. Debes guardarlo para su posterior verificación y consignarlo en el libro de bancos como anulado.


1.5. Manejo de Cheques rechazados o rebotados.


Surgen por fondos insuficientes, por error en su emisión o firmas incongruentes, y causan el cobro de comisiones bancarias que deben ser pagadas por el Tesorero (a) Municipal.


Los cheques rebotados denotan un mal control y una mala programación de pagos; ocasionan perjuicio económico a la Municipalidad y pueden ser reparados por los órganos reguladores.


1.6. ¿Cheques Negociables o No negociable?


1.6.1. Cheques Negociables: Son aquellos que pueden endosarse (firmando el Beneficiario en la parte posterior del documento) tantas veces como sea necesario (endosos subsecuentes). El beneficiario puede depositar los fondos del cheque en una cuenta bancaria o bien, cobrarlos en efectivo en el banco contra el que se expidió el cheque.


1.6.2. Cheques Negociables: Son todos aquellos que sólo pueden ser cobrados en la ventanilla del banco por el beneficiario o bien, depositados en la cuenta bancaria de la persona o empresa que es el beneficiario del cheque. No pueden endosarse[3]


Soy del criterio que los cheques que emita la Municipalidad sean No Negociables, para minimizar el riesgo de transacciones fraudulentas.


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