En esta ocasión hablaremos de los contratos de obras Publicas; y adjuntaremos un modelo de contrato que sirva de base a todos para efectos de definir claramente las condiciones con el contratista.
Aspectos para considerar en la elaboración de los contratos.
1. Requisitos Previos A La Suscripción[1]
Ningún contrato puede suscribirse si previamente no se ha cumplido con los requisitos siguientes:
a) La adjudicación del contrato al oferente seleccionado después de haberse sometido al procedimiento de selección que corresponda.
Ningún contrato puede celebrarse si previamente no se ha adjudicado como resultado de una evaluación de su oferta dentro de uno de los procedimientos de selección reconocidos por la ley.
b) Aprobación de la asignación presupuestaria respectiva.
Este es un requisito constitucional que recoge la LCE. En efecto, no podrá hacerse ningún compromiso fuera de las asignaciones votadas en el Presupuesto, dice el artículo 364 constitucional. La LCE claramente lo desarrolla cuando dispone que el contrato no podrá suscribirse sin que conste el cumplimiento de este requisito, todo lo cual será hecho de conocimiento previo de los interesados.
2. El monto de los contratos que el Estado suscriba incluye el pago de los impuestos correspondientes, salvo exoneración expresamente determinada por una Ley Nacional o Convenio Internacional.
En este caso la Ley determina que los proyectos están exentos del pago del Impuesto sobre ventas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la ley de ordenamiento de las finanzas públicas, control de las exoneraciones y medidas antievasión. Art 3, numeral 18, Art. 20 numeral 3.
3. En observancia a lo dispuesto en el Artículo 72, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Contratación del Estado, la multa diaria aplicable debe fijarse en cero punto treinta y seis por ciento (0.36%), así como la multa pecuniaria aplicable por cada día de retraso, en relación con el monto total del saldo del contrato por el incumplimiento del plazo y la misma debe especificarse tanto en el pliego de condiciones como en el contrato de Construcción y Supervisión de Obras Públicas, es decir debe estar establecida en todo contrato y toda orden de compra. Esta misma disposición se debe aplicar a todos los contratos de bienes y servicios que celebren las Instituciones del Sector Público.
4. Se deben cumplir con las garantías bancarias en los proyectos segun como lo tipifica las leyes.
5. La Municipalidad elaborará el contrato, el cual debe de ser firmado dentro de los treinta días calendario siguiente a la notificación de la adjudicación.
6. Clausula de Integridad; De conformidad a lo establecido en el Artículo 41 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública se deben incluir en todos los contratos que suscriba las instituciones del sector publico. Descargar aquí
Ver modelo de contrato aquí; el cual puede ser usado como referencia, editado o extraído cualquier aspecto que consideren útil.
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- [1] La Contratacion Administrativa En Honduras, por Edmundo Orellanda, 2013
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